jueves, 4 de julio de 2019

MONOGRAFÍA 3 CORREGIDA Y APROBADA


UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
CARRERA DE CONTADURÍA PÚBLICA
INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y AUDITORÍA
UNIDAD DE POSTGRADO
MONOGRAFÍA
DIPLOMADO EN CONTROL DE GESTIÓN Y AUDITORÍAS ESPECIALIZADAS
TEMA: ESTRATEGIAS DE PLANIFICACIÓN GUBERNAMENTAL EN INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
POSTULANTE:                  JOSÉ ANTONIO ALARCÓN VELASCO
DOCENTE:                          PABLO ARANDA MANRIQUE
LA PAZ – BOLIVIA
2019












AGRADECIMIENTOS
Agradezco al personal docente, administrativo y autoridades de la Unidad de Postgrado en Contaduría Pública de la Universidad Mayor de San Andrés, por permitirme hacer este Diplomado.
Al Lic. Marco Antonio Cuba Mariño, Director General Ejecutivo del Servicio General de Identificación Personal, a la Dirección Nacional de Administración y Finanzas y a todo el personal del SEGIP por brindarme el apoyo incondicional y necesario para el desarrollo del presente trabajo.
Al PhD Pablo Aranda Manríquez por otorgarme todos sus conocimientos profesionales y  lineamientos técnicos, para hacer realidad esta Monografía.
A mis amigos y compañeros de la Maestría en Auditoría Gubernamental y Control de Gestión, que durante todo este tiempo de formación me entregaron su amistad y su apoyo moral e incondicional, para mi futura formación como Maestro.












DEDICATORIA
A Dios, por regalarme esta hermosa vida que estoy viviendo y sobre todo darme la oportunidad de hacer este curso de Diplomado,  a mis adorados hijos: José Alejandro, Beba Stephanía y Jairo Antonio por ser el motivo de mi vida, por ser el motivo de mi superación permanente, de mi inspiración eterna y de mi alegría infinita.
A mi adorado Señor padre Hugo Alarcón Gutiérrez, por todo su apoyo moral por enseñarme que nada en la vida es imposible, por enseñarme a que nunca hay que darse por vencido pase lo que pase, por inculcarme a ser un guerrero de la vida, y por incentivarme a seguir el camino del bien y del Señor nuestro Creador en toda mi formación como futuro maestro. “Que Dios los bendiga eternamente”.



I N D I C E
ESTRATEGIAS DE PLANIFICACION GUBERNAMENTAL EN INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
                                                                                                                      Pag.
1.      INTRODUCCIÓN                                                                                     1
                                                                                
2.      PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA                                                  2
2.1. Formulación del Problema                                                                          2
3.      OBJETIVOS                                                                                               2
3.1. Objetivo General
3.2. Objetivos Específicos
4.      JUSTIFICACIÓN                                                                                      3
4.1 Justificación metodológica
4.2 Justificación Académica.
4.3 Justificación Práctica
5. MARCO TEÓRICO - CONCEPTUAL                                                      4
5.1 CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO                                        4
5.2 SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO                        6
5.3 AGENDA DE GOBIERNO                                                                                  9
5.4 LEY MARCO DE LA MADRE TIERRA             Y                                            10                    DESARROLLO INTEGRAL
       5.5 PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL 2016 – 2020    12
       5.6 NORMAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE
       PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES                                                     16
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     5.7 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO                    21
5.8 DIRECTRICES DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA                       22
6        MARCO METODOLÓGICO                                                               27
6.1.   Enfoque
6.2.   Tipo
6.3.   Diseño
6.4.   Método
6.5.   Técnicas e instrumentos
7.      MARCO PRÁCTICO                                                                                28
7.2  CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES                                       36
7.3  PROPUESTA                                                                                             37

INDICE   DE   CUADROS

Cuadro N°1                                                                                                             

Identificación de Pilares, Metas, Resultados, Acciones e Indicadores                   32

Cuadro No.2                                                                                                           
Ejecución presupuestaria por fuente de financiamiento, Gestión 2016                   34
Cuadro No.3                                                                                                
Ejecución presupuestaria por fuente de financiamiento, Gestión 20                       35
Cuadro No.4                                                                                                           
Ejecución presupuestaria por fuente de financiamiento, Gestión 2018                   35





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RESUMEN
En Bolivia, con la promulgación de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, se establece las bases para instaurar un nuevo modelo de gestión gubernamental, basada en la responsabilidad por los resultados antes que, por el cumplimiento de los procedimientos, que caracterizó hasta entonces la gestión pública.
La presente investigación pretende mostrar las deficiencias en la formulación de los anteproyectos de presupuestos, que año tras año las instituciones públicas vienen elaborando, en cumplimiento a disposiciones legales.
El planteamiento del problema identifica deficiencias en la formulación de los presupuestos públicos de las instituciones públicas las mismas que no cuentan con metodologías prácticas para la articulación del presupuesto con los planes operativos anuales, razón por la cual las evaluaciones periódicas del avance físico financiero de los programas y proyectos no son confiables.
En el Marco Teórico se describe las disposiciones legales establecidas para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los presupuestos anuales, así como los planes operativos y su vinculación con la Agenda de Gobierno y el Plan General de Desarrollo Económico, este último en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política del Estado.
El objetivo general de la presente investigación, plantea establecer los factores que limitan
en las instituciones públicas.
Como caso de estudio al Servicio General de Identificación Personal, institución pública descentralizada, cuya tuición está bajo el Ministerio de Gobierno.
En las conclusiones de la presenta investigación, se determina que la ejecución financiera y física de las gestiones 2017 y 2018 no están articuladas. En este sentido, la principal recomendación establecida en el presente estudio es implementar un sistema que integre el presupuesto con la planificación en las etapas de formulación, ejecución, aprobación y evaluación el mismo que pueda articular la estructura programática del presupuesto con los programas de operaciones anuales y estos con la Planificación Estratégica.
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1.        INTRODUCCIÓN
En la década de 1980 América Latina y el Caribe emprendieron un proceso de reformas del Estado debido entre otros al agotamiento del modelo de industrialización, crisis de la deuda externa que impacto en la economía de la región. Las reformas establecidas en el contexto dieron surgimiento al modelo neoliberal y los países de la región priorizaron la dimensión financiera de la crisis e iniciaron reformas orientados al ajuste fiscal, la reducción del Estado y la apertura comercial.
Con la promulgación de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, se establece las bases para instaurar un nuevo modelo de gestión gubernamental, basada en la responsabilidad por los resultados antes que, por el cumplimiento de los procedimientos, que caracterizó hasta entonces la gestión pública.
A partir del año 2006, la Revolución Democrática Cultural se orienta a construir un Estado plurinacional y comunitario a través de un proceso de cambio que viabiliza las expectativas y necesidades compartidas del pueblo boliviano, que incluye una profunda transformación de las estructuras coloniales y republicanas económicas, sociales y políticas del país. De este modo, Bolivia retoma su soberanía y dignidad, donde todas las bolivianas y todos los bolivianos tienen el orgullo de haber nacido en Bolivia. El primer periodo de la Revolución Democrática y Cultural se inició el año 2006 donde se enfrentó a los intereses y fuerzas de la herencia colonial, republicana y neoliberal en el país.  En los primeros cuatro años de gestión gubernativa (2006 - 2009), se inició un Estado integral y del Vivir Bien, donde existe correspondencia y articulación entre los diferentes niveles de gobierno y el pueblo boliviano, donde todas y todos somos parte del Estado, en el que existe un fuerte liderazgo de las organizaciones sociales y se fortifica la plurinacionalidad, la autonomía democrática y la soberanía económica. En este contexto, se continuará fortaleciendo la construcción de un ser humano integral, se consolidará el modelo económico social comunitario productivo, el acceso universal de todas y todos los bolivianos a los servicios básicos fundamentales, la puesta en marcha de un nuevo modelo ambiental basado en la relación mutuamente beneficiosa entre el entorno vital de la naturaleza y los seres humanos, dentro de la convergencia y complementariedad virtuosa que debe existir entre los derechos de la Madre Tierra y el derecho al desarrollo integral de nuestros pueblos y naciones en el marco del Vivir Bien. El Plan de Desarrollo Económico y Social en el marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien (PDES, 2016 - 2020) del Estado Plurinacional de Bolivia, se constituye en el marco estratégico y de priorización de Metas, Resultados y Acciones a ser desarrolladas en el tercer periodo del gobierno de la Revolución Democrática Cultural, mismo que se elabora sobre la base de la Agenda Patriótica 2025.
2.        PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La Planificación de corto, mediano y largo plazo en las Instituciones descentralizadas del sector Público no cuenta con una metodología para su articulación.
La no articulación de la planificación de corto, mediano y largo plazo está ocasionando que no se cumplan los objetivos de gestión, debido a los siguientes factores:
Elaboración deficiente de los anteproyectos de presupuestos
Establecimiento de objetivos sin considerar indicadores de gestión.
Falta de un sistema de información que integre el presupuesto y la planificación.
2.1. Formulación del Problema
La elaboración deficiente de los anteproyectos de presupuesto en las instituciones públicas descentralizadas, no permite evaluar en forma oportuna la ejecución del presupuesto y plan operativo.
Pregunta de Investigación:
¿La elaboración deficiente de los anteproyectos de presupuesto, influyen en la evaluación de los presupuestos y planes operativos de las instituciones públicas?






3.        OBJETIVOS
3.1. Objetivo General
Establecer los factores que limitan la formulación de los anteproyectos de presupuesto y su articulación con la planificación.
3.2. Objetivos Específicos
Evaluar el grado de ejecución presupuestaria de las gestiones 2016, 2017 y 2018
Determinar si la ejecución financiera y física están articuladas en las gestiones 2016, 2017 y 2018.
Establecer si los sistemas de información utilizados para el seguimiento y evaluación física y financiera son efectivos.
Proponer una metodología para la evaluación oportuna de la ejecución física y financiera. 
4.        JUSTIFICACIÓN
4.1 Justificación metodológica. - El presente estudio pretende proponer una estrategia para generar nuevos conocimientos, en la evaluación de la gestión pública en las instituciones públicas descentralizadas, a través de la revisión documental de ejecuciones presupuestarias y evaluaciones de los planes operativos anuales y su articulación con la planificación de mediano y largo plazo. En este sentido el tipo de estudio será descriptivo.
4.2 Justificación Académica. - Esta investigación pretende identificar nuevos conocimientos en Metodología de la Investigación en la Gestión Pública. Con la promulgación de la Ley 1178 en el año 1990 los sistemas de Presupuestos, Programación de Operaciones y Planificación, no han permitido a los gestores públicos tener una herramienta de evaluación homogénea, la misma que permita efectuar evaluaciones de la gestión pública en términos de eficacia, efectividad, economía e impactos.




4.3 Justificación Práctica. - La presente investigación está determinada por una justificación práctica, ayudara a resolver un problema en la gestión pública gubernamental. Como se ha descrito en la introducción el periodo del neoliberalismo es decir los años noventa hasta el año 2005 la gestión pública se caracterizó por el cumplimiento de metas y objetivos y la forma de alcanzar los resultados de gestión. Con el nuevo gobierno es decir a partir de la gestión 2006, se dio más énfasis en las políticas públicas de tipo sociales, descuidando el avance en la instrumentalización de los diferentes medios para efectuar seguimiento y evaluación a los diferentes proyectos y programas establecidos en Plan de Desarrollo Económico y Social. Algunas instituciones públicas como el Banco Central de Bolivia, Yacimientos Petrolíferos Fiscales de Bolivia, Fondo Productivo Social entre otros, desarrollaron por su cuenta sistemas de seguimiento de la gestión pública en cumplimiento a las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones, Normas Básicas del Sistema de Presupuestos y el Sistema de Planificación Integral del Estado. Sin embargo, el órgano rector del sistema de planificación y el órgano rector del sistema de Programación de Operaciones y Presupuestos, no se pusieron de acuerdo para desarrollar un sistema de avaluación que articule desde la formulación del presupuesto hasta la planificación, limitándose a sugerir diferentes formularios para la articulación de los sistemas indicados, en las directrices de política presupuestaria.










5.        MARCO TEÓRICO - CONCEPTUAL
5.1 CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
La función del Estado en la economía consiste en:
1. Conducir el proceso de planificación económica y social, con participación y consulta ciudadana. La ley establecerá un sistema de planificación integral estatal, que incorporará a todas las entidades territoriales.
Dirigir la economía y regular, conforme con los principios establecidos en esta Constitución, los procesos de producción, distribución, y comercialización de bienes y servicios.
Ejercer la dirección y el control de los sectores estratégicos de la economía.
Participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía.
Promover la integración de las diferentes formas económicas de producción, con el objeto de lograr el desarrollo económico y social.
Promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables, en el marco del respeto y protección del medio ambiente, para garantizar la generación de empleo y de insumos económicos y sociales para la población.
Promover políticas de distribución equitativa de la riqueza y de los recursos económicos del país, con el objeto de evitar la desigualdad, la exclusión social y económica, y erradicar la pobreza en sus múltiples dimensiones.
Determinar el monopolio estatal de las actividades productivas y comerciales que se consideren imprescindibles en caso de necesidad pública.
Formular periódicamente, con participación y consulta ciudadana, el plan general de desarrollo, cuya ejecución es obligatoria para todas las formas de organización económica.
Gestionar recursos económicos para la investigación, la asistencia técnica y la transferencia de tecnologías para promover actividades productivas y de industrialización.
Regular la actividad aeronáutica en el espacio aéreo del país.
Constitución Política del Estado (2008). Ley 3941 Capítulo Segundo: Función del Estado en la economía Artículo 316.
El Estado garantizará la creación, organización y funcionamiento de una entidad de planificación participativa que incluya a representantes de las instituciones públicas y de la sociedad civil organizada. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2008). Ley 3941 Capítulo segundo: Función del Estado en la Economía Artículo 317.
El Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora.
El Estado reconoce y priorizará el apoyo a la organización de estructuras asociativas de micro, pequeñas y medianas empresas productoras, urbanas y rurales.
El Estado fortalecerá la infraestructura productiva, manufactura e industrial y los servicios básicos para el sector productivo.
El Estado priorizará la promoción del desarrollo productivo rural como fundamento de las políticas de desarrollo del país.
El Estado promoverá y apoyará la exportación de bienes con valor agregado y los servicios. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2008). Ley 3941 Capítulo segundo: Función del Estado en la Economía Artículo 318.
La industrialización de los recursos naturales será prioridad en las políticas económicas, en el marco del respeto y protección del medio ambiente y de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y sus territorios. La articulación de la explotación de los recursos naturales con el aparato productivo interno será prioritaria en las políticas económicas del Estado. II. En la comercialización de los recursos naturales y energéticos estratégicos, el Estado considerará, para la definición del precio de su comercialización, los impuestos, regalías y participaciones correspondientes que deban pagarse a la hacienda pública. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2008). Ley 3941 Capítulo segundo: Función del Estado en la Economía Artículo 319.
La inversión boliviana se priorizará frente a la inversión extranjera. II. Toda inversión extranjera estará sometida a la jurisdicción, a las leyes y a las autoridades bolivianas, y nadie podrá invocar situación de excepción, ni apelar a reclamaciones diplomáticas para obtener un tratamiento más favorable. III. Las relaciones económicas con estados o empresas extranjeras se realizarán en condiciones de independencia, respeto mutuo y equidad. No se podrá otorgar a Estados o empresas extranjeras condiciones más beneficiosas que las establecidas para los bolivianos. IV. El Estado es independiente en todas las decisiones de política económica interna, y no aceptará imposiciones ni condicionamientos sobre esta política por parte de estados, bancos o instituciones financieras bolivianas o extranjeras, entidades multilaterales ni empresas transnacionales. V. Las políticas públicas promocionarán el consumo interno de productos hechos en Bolivia. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2008). Ley 3941 Capítulo segundo: Función del Estado en la Economía Artículo 320.
5.2 SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO – SPIE
Tiene por objeto establecer el Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), que conducirá el proceso de planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco del Vivir Bien. El SPIE, es el conjunto organizado y articulado de normas, subsistemas, procesos, metodologías, mecanismos y procedimientos para la planificación integral de largo, mediano y corto plazo del Estado Plurinacional, que permita alcanzar los objetivos del Vivir Bien a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, para la construcción de una sociedad justa, equitativa y solidaria, con la participación de todos los niveles gubernativos del Estado, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley. II. El Sistema de Planificación Integral del Estado, está conformado por los siguientes subsistemas: a. Planificación. b. Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral. c. Seguimiento y Evaluación Integral de Planes. Artículo 3. (FINES). Son fines del Sistema de Planificación Integral del Estado, a efectos del cumplimiento de la presente Ley: a. Lograr que la planificación de largo, mediano y corto plazo tenga un enfoque integrado y armónico, y sea el resultado del trabajo articulado de los niveles de gobierno, con participación y en coordinación con los actores sociales, orientar la asignación óptima y organizada de los recursos financieros y no financieros del Estado Plurinacional, para el logro de las metas, resultados y acciones identificadas en la planificación, realizar el seguimiento y evaluación integral de la planificación, basado en metas, resultados y acciones, contribuyendo con información oportuna para la toma de decisiones de gestión pública. El ámbito de aplicación del Sistema de Planificación Integral del Estado, comprende a las siguientes instituciones: Tribunal Constitucional Plurinacional, Instituciones de Control y Defensa de la Sociedad y del Estado, Entidades Territoriales Autónomas, Empresas Públicas, Universidades Públicas. A los efectos de la presente Ley, se entiende por: 1. Desarrollo Integral para Vivir Bien. Es el proceso continuo de generación e implementación de medidas y acciones sociales, comunitarias, ciudadanas y de gestión pública para la creación, provisión y fortalecimiento de condiciones, capacidades y medios materiales, sociales y espirituales, en el marco de prácticas y de acciones culturalmente adecuadas y apropiadas, que promuevan relaciones solidarias, de apoyo y cooperación mutua, de complementariedad y de fortalecimiento de vínculos edificantes comunitarios y colectivos para alcanzar el Vivir Bien en armonía con la Madre Tierra. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2016). Ley N° 777 Sistema de Planificación Integral del Estado.
La Planificación Sectorial de Desarrollo Integral, articula las propuestas del sector y del conjunto de las entidades, instituciones y empresas públicas bajo tuición, sujeción o dependencia del Ministerio cabeza de sector, de forma simultánea y complementaria, de acuerdo a lo establecido en la planificación nacional de largo y mediano plazo. Comprende procesos de planificación multisectorial de articulación y coordinación de acciones entre los diferentes sectores.  
La Planificación Territorial de Desarrollo Integral, consolida la planificación del desarrollo con la organización territorial, articulando en el largo, mediano y corto plazo, el desarrollo humano e integral, la economía plural y el ordenamiento territorial en las estructuras organizativas del Estado, e incluye la programación de la inversión, el financiamiento y el presupuesto plurianual. Se realiza en concordancia con la planificación nacional y en articulación con la planificación sectorial. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2016). Ley N° 777 Sistema de Planificación Integral del Estado.
La Planificación Estratégica Institucional. Determina las acciones institucionales específicas para alcanzar las metas y resultados definidos en la planificación de mediano plazo.
La Planificación Estratégica de Empresas Públicas, es el proceso que direcciona y orienta la gestión empresarial de las empresas públicas y corporativas, respectivamente, en el marco de la normativa, de las metas y resultados de largo y mediano plazo.  Los fundamentos que orientan al Sistema de Planificación Integral del Estado, son los siguientes:
Planificación con Integralidad. Es la planificación del desarrollo integral para Vivir Bien, en sus diferentes dimensiones sociales, culturales, políticas, económicas, ecológicas y afectivas, en las diferentes estructuras organizativas del Estado, para permitir el encuentro armonioso entre el conjunto de seres, componentes y elementos de la Madre Tierra.
Planificación con Complementariedad. Comprende las concurrencias de acciones, en el marco de metas y resultados comunes, por parte de todas las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente Ley para alcanzar el desarrollo integral para Vivir Bien y construir una sociedad justa, solidaria y equitativa.
Planificación con Coordinación. Es la coordinación entre el Órgano Rector del Sistema de Planificación Integral del Estado y las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente Ley, para la articulación y concordancia del proceso cíclico de la planificación de largo, mediano y corto plazo concordante con el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES). Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2016). Ley N° 777 Sistema de Planificación Integral del Estado.
Planificación con Respeto de Derechos. Consiste en aplicar la planificación del desarrollo integral para Vivir Bien de largo, mediano y corto plazo, de forma complementaria, compatible e interdependiente con la gestión de los sistemas de vida, considerando los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado y en el Artículo 9 de la Ley N° 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.
Planificación con Transparencia. Consiste en la generación, procesamiento y difusión de información sobre la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los procesos de planificación y su implementación en todos los niveles del Estado, con información oportuna sobre la administración de los recursos públicos, promoviendo el control social, permitiendo el acceso a la información y practicando la integridad y ética pública. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2016). Ley N° 777 Sistema de Planificación Integral del Estado.
5.3 AGENDA DE GOBIERNO
La Agenda Patriótica 2025, plantea 13 pilares como políticas publicas la misma que debe ser articulada con el Plan de Desarrollo Económico y Social para el cumplimiento de los fines del Estado. Estas metas están establecidas en pilares las mismas que se describen a continuación:
1.- Erradicación de la pobreza extrema.
2.-   Socialización y universalización de los servicios básicos con soberanía para Vivir Bien.
3.- Salud, educación y deporte para la formación de un ser humano integral.
4.- Soberanía científica y tecnológica con identidad propia
5.- Soberanía comunitaria financiera sin servilismo al capitalismo financiero.
6.-   Soberanía productiva con diversificación y desarrollo integral sin la dictadura del mercado capitalista.
7.-   Soberanía sobre nuestros recursos naturales con nacionalización, industrialización y comercialización en armonía y equilibrio con la Madre Tierra.
 8.-  Soberanía alimentaria a través de la construcción del saber alimentarse para Vivir Bien.
 9.- soberanía ambiental con desarrollo integral, respetando los derechos de la Madre Tierra.
10.- Integración complementaria de los pueblos con soberanía.
11.- Soberanía y transparencia en la gestión pública bajo los principios de no robar, no mentir y no ser flojo.
12.- Disfrute y felicidad plena de nuestras fiestas, de nuestra música, nuestros ríos, nuestra selva, nuestras montañas, nuestros nevados, de nuestro aire limpio, de nuestros sueños.
13.- Reencuentro soberano con nuestra alegría, felicidad, prosperidad y nuestro mar. Ministerio de Autonomías (2013). Agenda Patriótica 2025. Participación en la Construcción de la Bolivia Digna y Soberana con Autonomías. La Paz: Bolivia.
5.4  LEY MARCO DE LA MADRE TIERRA Y DESARROLLO INTEGRAL PARA VIVIR BIEN 
Las políticas orientadas al Vivir Bien, a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra deben considerar lo siguiente:  
1.-   Las políticas públicas deben ser dignificantes y humanamente transformadoras para garantizar el Vivir Bien del pueblo boliviano, en el marco de sus propias visiones bioculturales.   
2.- Las políticas y la gestión pública deben ser desarrolladas e implementadas, considerando procesos de intracultural e interculturalidad, descolonización y despatriarcalización. 
3.-   Las políticas públicas y los procesos de planificación y gestión pública, deben considerar los objetivos y la integralidad de las dimensiones del Vivir Bien, así como la compatibilidad y complementariedad de los derechos, obligaciones y deberes para el desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, en el marco del fortalecimiento de los saberes locales y conocimientos ancestrales, establecidos en la presente Ley.   
4.-   Las políticas públicas, deben estar orientadas a satisfacer los intereses del Estado Plurinacional de Bolivia y la atención de las necesidades del pueblo boliviano, garantizando el sostenimiento de la capacidad de regeneración de los componentes, zonas y sistemas de vida de la Madre Tierra.   
5.-   Las políticas públicas, deben estar sujetas al control social en cumplimiento a lo definido en la Constitución Política del Estado. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2012). Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, Art. 45.
La inversión pública, estará orientada al cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores del Vivir Bien, a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, en el marco de los instrumentos de planificación integral y participativa, y de gestión pública intercultural del nivel central del Estado y de las entidades territoriales autónomas. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2012). Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, Art. 46.   
La compatibilización y complementariedad de los derechos, obligaciones y deberes, serán establecidas en los instrumentos de planificación integral y participativa, y de gestión pública intercultural, de acuerdo a norma específica.  Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2012). Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, Art. 47.     
La Autoridad Nacional Competente en coordinación con las instancias sectoriales, elaborará un ordenamiento en base a los conceptos de zonas y sistemas de vida, y éste se constituirá en una de las bases fundamentales para la planificación del desarrollo integral en armonía con la Madre Tierra para Vivir Bien, que será reglamentado mediante norma específica. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2012). Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, Art. 48.     
El Sistema de Planificación Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, el Plan General de Desarrollo Económico y Social del país y los planes de las entidades territoriales autónomas, deberán orientarse al logro del Vivir Bien, a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra.  
La planificación de toda actividad económica, productiva y de infraestructura, de carácter público o privado, deberá incluir en el análisis costo/beneficio integral, el costo/beneficio ambiental, previo a su ejecución, de acuerdo a categorías definidas en norma específica.  Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2012). Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, Art. 49.    
El Estado Plurinacional de Bolivia, definirá las metas e indicadores anuales y plurianuales de los objetivos del Vivir Bien, a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, sobre la base de un enfoque holístico y en el marco de los principios de la presente Ley.   
El Plan General de Desarrollo Económico y Social para Vivir Bien y los planes de las entidades territoriales autónomas, deben formularse en función al cumplimiento de los objetivos del Vivir Bien, a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Madre Tierra, promoviendo programas y proyectos que estén orientados a alcanzar dichos objetivos.  Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2012). Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, Art. 50.     
5.5 PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL 2016 – 2020
La Agenda Patriótica 2025 ha señalado el camino a seguir para avanzar hacia la construcción del horizonte del socialismo comunitario para Vivir Bien. El PDES en el marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, articulado a la Agenda Patriótica, constituye el Plan con una visión del 2016 - 2020 que orientará al país hacia la construcción de este nuestro horizonte histórico, consolidando y proyectando los logros ya alcanzados en el proceso de cambio desde el 2006. El PDES se formula en el contexto del Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE), que dirige el proceso de planificación en el país y al cual deben articularse los planes integrales sectoriales y los planes de las entidades territoriales autónomas. De esta forma, se debe lograr una efectiva articulación y coordinación intersectorial y entre niveles de gobierno que dirija al país hacia un solo objetivo y hacia una sola visión del desarrollo integral para Vivir Bien. Es así que el nivel central del Estado, entidades territoriales autónomas, organizaciones sociales, sector privado y Universidades, entre otros, deben articularse y coordinar los pasos concretos enfocados a un objetivo común, que es el cumplimiento de las Metas y Resultados propuestos. Asimismo, el PDES consolida el proceso de descolonización en el país. En su formulación se han superado visiones tecnocráticas importadas de otros países y se apuesta por un proceso propio de planificación basado en pilares, Metas y Resultados. En este caso, la planificación se realiza sobre los aspectos concretos: Metas y Resultados, y para alcanzarlas se ajustan las Acciones institucionales así como la inversión pública y los esfuerzos privados y sociales. Por lo tanto, con el PDES asumimos desde el Estado Plurinacional de Bolivia nuestro propio proceso de planificación y sobre cuya base el país sigue fortaleciendo su propio camino hacia el Vivir Bien. Estado Plurinacional de Bolivia (2015 p.185). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020. La Paz: Bolivia.
El escenario o macroeconómico (Proyecciones 2015-2020) señalado en el diagnóstico, los próximos años estarán caracterizados por cambios sustanciales en el contexto económico internacional que tendrán impacto en la economía nacional. En esta perspectiva el PDES 2016 – 2020, propone medidas para garantizar un crecimiento sostenido de la actividad económica y la generación de excedentes para el Estado que permitan mantener las políticas redistributivas y de protección social.
El PDES preserva la estabilidad macroeconómica y la sostenibilidad fiscal, con un mayor dinamismo en cada uno de los sectores priorizados, alcanzando incrementos en las exportaciones y en la renta fiscal. Para avanzar hacia los objetivos señalados, se estima necesario una inversión pública aproximada de $us48.574 millones en el período 2015 - 2020. Las proyecciones contemplan un precio del WTI para 2016 de $us45/Bbl y un promedio del WTI de $us55/Bbl para el resto de las proyecciones.
El crecimiento promedio del PIB alcanzará una tasa de 5,8% en el período 2015- 2020 superior al de periodos anteriores (3,6% en 1990 - 2005 y 5,1% en 2006 - 2014). Asimismo, el producto per cápita el 2020 alcanzará $us5 mil.
Con la ejecución de los proyectos señalados en los diversos pilares de este Plan, se cambiará la matriz productiva del país con una menor participación del sector extractivo no renovable (minería e hidrocarburos) y mayor en los sectores generadores de empleo y valor agregado como la industria, electricidad, construcción y agricultura. En este sentido, se espera que la participación del sector industrial pase de un promedio de 16,8% en el periodo 2006 - 2014 a 18% en 2020.
De la misma manera, se estima un incremento sustancial de la inversión en los próximos años que sobrepasará al ahorro nacional bruto. La tendencia decreciente de este último incorpora el supuesto muy conservador de precios de exportación, en particular el del petróleo. En este contexto se genera una necesidad de financiamiento externo, pero se garantiza el dinamismo de la actividad económica y de los retornos que sostengan las políticas de protección social. Tanto la inversión pública como la privada coadyuvarán al dinamismo de la economía, destacando la fuerte inversión pública entre 2015 y 2020 y la participación creciente de la inversión privada. Estado Plurinacional de Bolivia (2015 p.173-176). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020. La Paz: Bolivia.
No obstante la mayor participación de la inversión en el PIB que determina un menor aporte del consumo, las proyecciones indican un aumento sostenido del consumo privado per cápita. Es decir, el PDES continuará apoyando a las políticas de protección social y fortaleciendo la demanda interna.
Resultado de la importante inversión proyectada, se incrementarán las importaciones de insumos y bienes de capital, lo que se traduciría en déficit en la cuenta corriente de la Balanza de Pagos. Las inversiones generarán mayores exportaciones de bienes no tradicionales, electricidad, quinua, úrea, polipropileno, GLP, GNL y evaporíticos, entre otros. En este sentido, a partir del 2020 la tendencia deficitaria de la cuenta corriente se revierte y se alcanzará superávit con una base más sostenible, producto de la diversificación de las exportaciones, lo que implica nuevas fuentes de generación de excedentes para el país. Estado Plurinacional de Bolivia (2015 p.178). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020.
El proceso de sustitución de importaciones se vio favorecido con la puesta en marcha de la Planta Separadora de Líquidos de Río Grande que, además de abastecer de Gas Licuado de Petróleo al mercado interno, genera excedentes para su exportación. Asimismo, en el marco de la política energética actual, el inicio de operaciones de la planta Gran Chaco, la ampliación en la capacidad de refinación y la producción del campo “Boquerón” incrementarán la producción de GLP e hidrocarburos líquidos, posibilitando que al 2020 el país se autoabastezca de gasolina. En esa misma dirección, el desarrollo de la industria petroquímica se iniciará con la implementación de la Planta de Amoniaco – Úrea, que posibilitará que a partir del 2016, se deje de importar úrea y se generen excedentes para la exportación. La inversión en el sector de turismo permitirá una mayor captación de ingresos que coadyuvará a la reversión del déficit de comercio de servicios. Se estima que estos ingresos superarán $us1.500 millones en 2020, ubicándose en una trayectoria que permitirá superar la Meta de la Agenda Patriótica con antelación. Por su parte, la Inversión Extranjera Directa (IED) contribuirá al financiamiento de las actividades productivas y será dinamizada en el marco de la Ley de Inversiones. Las proyecciones dan cuenta que estos flujos alcanzarán aproximadamente a 8% del PIB en 2020 en línea con la Meta propuesta en la Agenda Patriótica para el 2025. Estado Plurinacional de Bolivia (2015 p.179). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020. La Paz: Bolivia.
Como resultado, se presenta un período de disminución de las reservas internacionales como porcentaje del PIB, situándose al finalizar el periodo del Plan en alrededor del 20% del PIB.2 Los nuevos ingresos por exportaciones, permitirán en los siguientes años retomar una trayectoria creciente.
Con relación a las finanzas públicas, se proyecta déficit hasta 2019 producto de la fuerte inversión pública. En 2020, se registrará superávit debido a los incrementos de ingresos derivados de la implementación de los proyectos productivos, tendencia que se profundizará en los siguientes años. Por su parte, los resultados del Análisis de Sostenibilidad de Deuda (ASD) muestran que la deuda pública total que implicará el Plan se mantiene en una trayectoria sostenible, sin sobrepasar en ningún momento el umbral de sostenibilidad.
Este desempeño es consistente con los objetivos de incrementar la participación del crédito productivo y de vivienda social en la cartera total. En efecto, las proyecciones muestran que los requerimientos establecidos en la Ley de Servicios Financieros se cumplirán con incrementos importantes de la cartera priorizada.
Asimismo, se cumple el objetivo de alcanzar un mayor uso de la moneda nacional en las transacciones del sistema financiero, tanto en el ahorro como en el crédito.
Para alcanzar los indicadores establecidos en el periodo 2015 – 2020, la inversión prevista ha sido estimada en el orden de los $us48.574 millones, monto sujeto a los ajustes necesarios para alcanzar las metas programadas en dicho periodo. Esta inversión estimada, implica que en 6 años se invertirá 2,4 veces más que los 9 años del periodo (2006 - 2014); y con relación al (1997 - 2005) se invertirá 9,6 veces más.
Para alcanzar los indicadores establecidos en el periodo 2015 – 2020, la inversión prevista ha sido estimada en el orden de los $us48.574 millones, monto sujeto a los ajustes necesarios para alcanzar las metas programadas en dicho periodo. Esta inversión estimada, implica que en 6 años se invertirá 2,4 veces más que los 9 años del periodo (2006 - 2014); y con relación al (1997 - 2005) se invertirá 9,6 veces más. Estado Plurinacional de Bolivia (2015 p.181-182). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020.  
En el periodo 2015 - 2020 se fortalecerán las inversiones para los sectores productivos, favoreciendo los procesos de industrialización y generación de valor agregado, estos representan el 56% del total y corresponden a proyectos estratégicos en industria hidrocarburífera, industria minera, agropecuaria, turismo, energía, industria manufacturera y otros complejos industriales, entre otros. Las inversiones en el sector de infraestructura, orientadas a garantizar las condiciones de desarrollo productivo, representarán el 23% del total y resalta las inversiones en transportes como ser carreteras, ferrovías, puertos, aeropuertos y fluviales, así como comunicaciones. Existe una articulación directa entre las inversiones en el sector social y aquellas relacionadas con medio ambiente y agua. Los recursos destinados a los sectores sociales (11%) y medio ambiente y agua (10%) hacen un total de 21% de las inversiones. Las inversiones en las áreas de medio ambiente y social, contemplan proyectos de riego, recursos hídricos, saneamiento básico, urbanismo y vivienda, salud, educación y deportes que garantizan el derecho humano al acceso a agua y servicios básicos; así como el cuidado del medio ambiente, el ejercicio de derechos e igualdad, la seguridad ciudadana y la defensa nacional. Se prevé que las fuentes de financiamiento interno consideradas para alcanzar los objetivos de inversión pública en el periodo 2015 - 2020 representan el 55% incluyendo como principales fuentes de recursos el acceso a un nuevo crédito interno con el Banco Central de Bolivia y las asignaciones que realice anualmente a inversión pública el Tesoro General del Estado. Las inversiones planificadas deberán incluir un alto grado de cofinanciamiento con las Entidades Autónomas Territoriales (ETAs). El financiamiento externo de organismos internacionales o en el marco de acuerdos bilaterales, representa un estimado de 39% del costo total de la inversión. Se estima que el saldo requerido provendrá también de financiamiento externo o en el caso de proyectos de infraestructura y productivos podrá provenir de fuentes de financiamiento del proponente. Los porcentajes antes expuestos podrán variar en función del incremento de los ingresos nacionales debido al crecimiento económico y a la disponibilidad y diversificación de las fuentes de financiamiento externo con ventajas comparativas para el país. Estado Plurinacional de Bolivia (2015 p.183). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020. La Paz: Bolivia.



5.6  NORMAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE PROGRAMACIÓN DE OPERACIONES
Las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones aprobadas mediante Decreto Supremo No. 3246 de 5 de junio de 2017, son un conjunto ordenado de principios, disposiciones normativas, procesos e instrumentos técnicos, que regulan el Sistema de Programación de Operaciones, en las entidades del sector público.
El objeto de esta norma, es regular la aplicación del Sistema de Programación de Operaciones en las entidades del sector público, determinando los procedimientos a emplear, medios y recursos a utilizar, en función al tiempo y espacio, permitiendo la programación de acciones de corto plazo, concordantes con el Plan Estratégico Institucional, en el marco de los planes de mediano plazo establecidos por el Sistema de Planificación Integral del Estado. Gaceta Oficial de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 3246 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
El Sistema de Programación de Operaciones contempla los siguientes niveles de organización:
a)
Nivel normativo: A cargo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, como órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones;
b)
Nivel de articulación: A cargo del Ministerio de Planificación del Desarrollo, como órgano rector del Sistema de Planificación Integral del Estado;
c)
Nivel operativo: A cargo de cada una de las entidades del sector público.
El órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones tiene las siguientes atribuciones:
a)
Elaborar, actualizar y difundir las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones, así como lineamientos, directrices, instructivos y otros instrumentos normativos;
b)
Establecer plazos y condiciones para la implementación del Sistema de Programación de Operaciones en las entidades del sector público, así como emitir lineamientos, directrices, instructivos y otros instrumentos, para su adecuada operatividad;
c)
Elaborar, actualizar y difundir el modelo referencial de Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones, a ser utilizado como base por las entidades del sector público;
d)
Evaluar para su compatibilización, en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones y normativa vigente, el Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones elaborado por cada entidad del sector público o grupos de entidades que realizan actividades similares;
e)
Brindar asistencia técnica, así como definir y aclarar cuando corresponda, los alcances de las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
Las entidades del sector público tienen las siguientes atribuciones:
a)
Dar cumplimiento a las Normas Básicas del Sistema de Programación Operaciones;
b)
Dar cumplimiento a los mandatos y disposiciones emitidos por el órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones;
c)
Elaborar su Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones, en base al modelo referencial emitido por el órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones y en el marco de lo establecido por las presentes Normas Básicas;
d)
Aprobar su Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones, una vez sea declarado compatible por el órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones;
e)
Formular, aprobar y remitir al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, su Plan Operativo Anual;
f)
Ejecutar, a través de las unidades organizacionales correspondientes, su Plan Operativo Anual;
g)
Realizar el seguimiento periódico, a la ejecución de su Plan Operativo Anual;
h)
Reportar al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la información de ejecución de su Plan Operativo Anual, conforme este lo establezca;
i)
Evaluar la ejecución de su Plan Operativo Anual y aplicar cuando corresponda, las medidas correctivas para lograr los resultados esperados;
j)
Efectuar la evaluación del funcionamiento del Sistema de Programación de Operaciones en su entidad y cuando corresponda, modificar su reglamento o proponer al órgano rector del Sistema de Programación de Operaciones, modificaciones a las Normas Básicas. Gaceta Oficial de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 3246 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones. Gaceta Oficial de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 3246 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
SUBSISTEMA DE FORMULACIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL
ACCIONES DE CORTO PLAZO
Una acción de corto plazo es aquella programada para una gestión fiscal, articulada y concordante con las acciones establecidas en el Plan Estratégico Institucional.
Los resultados esperados de las acciones de corto plazo, serán medibles y cuantificables a través de indicadores, debiendo contribuir a los establecidos en el Plan Estratégico institucional. 
La formulación del Plan Operativo Anual en las entidades del sector público debe sujetarse a lo determinado por su Plan Estratégico institucional y expresarse en acciones de corto plazo.
El contenido del Plan Operativo Anual comprende:
Una programación de las acciones de corto plazo;
La determination de operaciones;
La determinación de requerimientos necesarios.
PROGRAMACIÓN DE ACCIONES DE CORTO PLAZO
Se deben establecer para cada acción de corto plazo, los periodos de tiempo de inicio y finalización, para su ejecución.
Para cada acción de corto plazo, debe identificarse a la unidad o las unidades organizacionales responsables de ejecutarla. Gaceta Oficial de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 3246 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
DETERMINACIÓN DE OPERACIONES
La programación de las acciones de corto plazo, permitirá la identificación de las operaciones a desarrollar al interior de cada una de ellas, permitiendo su seguimiento, cuantificación y verificabilidad.
Cada operación debe contener tareas específicas, que conducirán al logro de los resultados esperados para las acciones de corto plazo.
Las operaciones deben clasificarse en categorías de funcionamiento y de inversión pública. Gaceta Oficial de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 3246 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
DETERMINACIÓN DE REQUERIMIENTOS
Para cada acción de corto plazo, deben determinarse los requerimientos de personal, insumos, materiales, activos fijos, servicios y otros necesarios para lograr los resultados esperados para las mismas, así como definir un cronograma de plazos para su dotación.
ARTICULACIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL - PRESUPUESTO ANUAL
El Plan Operativo Anual se articula con el Presupuesto Anual, vinculando una a una las acciones de corto plazo con los programas correspondientes de la estructura programática del presupuesto.
SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN A LA EJECUCIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL
SEGUIMIENTO A LA EJECUCIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL
El seguimiento a la ejecución del Plan Operativo Anual en las entidades del sector público es responsabilidad de las Máximas Autoridades Ejecutivas; en el caso de las entidades territoriales autónomas la responsabilidad estará determinada de acuerdo a la normativa legal correspondiente.
Cada entidad pública debe emitir en forma periódica la información de ejecución del Plan Operativo Anual por cada acción de corto plazo, de acuerdo a las condiciones y periodicidad establecidas por el Órgano Rector del Sistema de Programación de Operaciones. Gaceta Oficial de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 3246 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
5.7 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO 
El presupuesto, es un conjunto ordenado y coherente de principios, disposiciones normativas, procesos e instrumentos técnicos, que tiene por objeto la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación, de los presupuestos públicos según los programas y proyectos definidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social.
Asimismo, tiene por objeto la generación y obtención de información confiable, útil y 
oportuna sobre la ejecución presupuestaria y su interrelación con otros sistemas.
Con el Sistema Nacional de Planificación, Sistema Nacional de Inversión Pública, sistema de Programación de Operaciones, Sistema de Organización Administrativa, Sistema de Administración de Personal, Sistema de Administración de Bienes y Servicios, Sistema de Tesorería y Crédito Público, Sistema de Contabilidad Integrada y Sistema de control Gubernamental.
SUBSISTEMA DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO 
La formulación de los Presupuestos Institucionales contempla: 
La estimación del Presupuesto de Recursos
La definición de la Estructura Programática, según los programas vinculado con el Plan de Desarrollo Económico y Social. 
Programación del Presupuesto de Gastos 
Estimación del Presupuesto de Recursos 
En forma general estos recursos corresponden a: 
Los límites financieros determinados por el Ministerio de Hacienda
Los recursos propios generados por el ejercicio de sus competencias
Recursos financiados por organismos internaciones por concepto de donaciones y créditos.
Las disponibilidades en caja y bancos de la gestión anterior 
Definición de la Estructura Programática del Presupuesto 
La apertura de categorías programáticas deberá identificar: 
Los bienes y servicios que deben generar según las competencias definidas en la norma legal de creación de cada entidad. 
Los objetivos de gestión, los resultados esperados y los indicadores. 
La asignación de recursos a cada categoría programática. 
En cada institución, la programación del gasto deberá efectuarse según los programas y proyectos establecidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Anual. Ministerio de Hacienda (2005). Resolución Suprema No. 225558 Normas Básicas del Sistema de Presupuestos.
5.8 DIRECTRICES DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA
En el marco de los Artículos 241 y 242 de la CPE y el Artículo 41 de la Ley Nº 341 de Participación y Control Social, todas las entidades del Sector Público deben asignar recursos destinados a efectivizar el derecho de la participación y control social, para lo cual deberán aperturar una estructura programática específica en sus presupuestos institucionales.
Los instrumentos de Formulación Presupuestaria para la elaboración del proyecto de presupuesto plurianual y anual institucional de recursos y gastos, las entidades públicas deben utilizar:
a) Directrices de Formulación Presupuestaria. b) Clasificadores Presupuestarios.
c) Formularios de registro, establecidos en las presentes Directrices, Sistema de Gestión Pública (SIGEP) del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
d) Instrumento del Subsistema de Planificación.
e) Instrumento de Programación, Financiamiento e Inversión Pública del Subsistema de Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral (SIPFE) del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
f) Normas vigentes.
Las entidades públicas deberán elaborar el proyecto de presupuesto plurianual y anual institucional, de acuerdo al siguiente Calendario de Formulación Presupuestaria:
a) Inicio del Proceso de Formulación Presupuestaria Las entidades públicas deben realizar la evaluación del presupuesto plurianual para su correspondiente actualización e iniciar la elaboración de su Plan Operativo Anual y Presupuesto Institucional del 2019.
b) El Ministerio de Economía y Finanzas Publicas (MEFP) remitirá a las Entidades Públicas, hasta la primera semana de agosto de la gestión en curso, los techos presupuestarios del Tesoro General de la Nación (TGN), Coparticipación Tributaria, Fondo de Compensación y Regalías Departamentales.
c) Remisión de Proyectos de Presupuesto Institucional Plurianual y Anual a los Órganos Rectores Las entidades públicas deben remitir la documentación al MEFP y Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD), hasta la segunda semana de septiembre de la gestión en curso.
d) Remisión del Proyecto del PGE al Órgano Legislativo
El MEFP debe presentar a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), hasta el 31 de octubre de la presente gestión, el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado en el marco de la Constitución Política del Estado.
Lineamientos generales para la formulación del presupuesto plurianual
El Presupuesto Plurianual es un instrumento de Política Fiscal de mediano plazo de carácter indicativo, articulado con el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES), que contempla el total de las entidades públicas del Estado Plurinacional, mediante el cual se identifican y cuantifican los recursos financieros que el Estado prevé percibir en un periodo de cinco años, así como su asignación en gastos corrientes e inversiones a nivel de programas presupuestarios. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (2018). Directrices de formulación Presupuestaria. Art. 8. La Paz: Bolivia


El presupuesto plurianual constituye la base para la formulación del presupuesto anual.
Los lineamientos Generales para la formulación del Presupuesto Plurianual Institucional para la formulación de los presupuestos plurianuales institucionales, las entidades del Sector Público, deben considerar:
a) Los pilares y metas de largo plazo para implementar gradualmente la Agenda Patriótica
b) Pilar, Metas y Resultados del Plan de Desarrollo Económico y Social para el periodo 2016 – 2020, a objeto de articular la programación presupuestaria plurianual con la visión de mediano plazo. 
c) Lineamientos y resultados estratégicos sectoriales y territoriales.
d) Acciones de mediano plazo del Plan Estratégico Institucional de cada entidad pública. 
 El periodo del Presupuesto Plurianual contempla las gestiones 2016 – 2020. Las entidades públicas deben articular las acciones de mediano plazo (Acciones Institucionales Específicas) del PEI, con programas presupuestarios aperturados para el Presupuesto Plurianual, información que debe resumirse en el formulario del Anexo II. Ministerio de Economía y Finanzas Publicas (2018). Directrices de Formulación Presupuestaria. Art. 9-10.
Estimación del Presupuesto Plurianual de Recursos
Para la estimación de recursos específicos plurianuales (por concepto de venta de bienes y servicios, tasas, patentes, tarifas y otros en el marco de la normativa vigente), las entidades del sector público deben sustentar sus proyecciones considerando la tendencia de ejecución de ingresos, contratos, convenios y otros inherentes a las competencias de la entidad. 
La estimación de ingresos plurianuales del Tesoro General de la Nación (TGN) por concepto de  Ingresos Tributarios, Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) y Regalías establecidas por Ley, será efectuada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en coordinación con las instancias correspondientes.

Las entidades beneficiarias de transferencias con recursos del TGN, IDH, IEHD, regalías departamentales y participaciones establecidas por norma expresa, deberán sujetarse a los techos presupuestarios plurianuales determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Los recursos plurianuales estimados por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas son de carácter indicativo, mismos que serán actualizados en cada gestión de acuerdo a la coyuntura económica internacional y nacional, por lo que no deben ser considerados como una asignación efectiva y obligatoria en el mediano plazo.
Los recursos por Donación y Crédito en efectivo o en especie, destinados a proyectos y/o programas específicos financiados por Organismos Internacionales y/o instituciones nacionales, deberán sustentarse en convenios suscritos entre los financiadores, ejecutores y/o el Estado Plurinacional de Bolivia. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (2018). Directrices de Formulación Presupuestaria. Art.12.  La Paz: Bolivia.
Formulación del Presupuesto Plurianual de Gastos 
I. Las entidades del Sector Público formularán su presupuesto plurianual de gastos por programas (proyectos de inversión y actividades), fuentes de financiamiento y organismos financiadores.
 II. Cada acción de mediano plazo debe estar articulada a uno o varios programas presupuestarios que responden a productos terminales. La apertura de un programa presupuestario no podrá estar articulada a varias acciones de mediano plazo
III. El presupuesto plurianual de gastos, debe corresponder a los recursos estimados manteniendo el principio de equilibrio presupuestario.
IV. Las entidades del sector público definirán su Estructura Programática de gastos de acuerdo a los Anexos de Categorías Programáticas por nivel Institucional, establecidos en las presentes Directrices. 
V. La formulación del presupuesto plurianual institucional de gastos, se registrará en los módulos de presupuesto plurianual de los sistemas oficiales de gestión pública.
VI. El registro de la formulación de gastos plurianuales se realizará de acuerdo a lo siguiente:
 a) Gastos plurianuales corrientes (funcionamiento y operación) registrados por las entidades públicas en el Formulario 3.2 de la presente Directriz, a través del SIGEP.
b) Inversión Pública Plurianual con financiamiento asegurado y registrado a través del SISIN WEB. 
VII. Las entidades del sector público definirán su Estructura Programática Institucional, considerando lo siguiente:
a) Programas de Gestión Administrativa, para la asignación de recursos destinados a gastos de operación o funcionamiento.
b) Programas Específicos para la producción de bienes y prestación de servicios, que genere la entidad conforme sus competencias.
c) Programas destinados al pago de deuda, previsiones financieras, transferencias y otras asignaciones, las cuales están relacionados a los gastos de operación o funcionamiento. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (2018). Directrices de Formulación Presupuestaria. Art.13. 
Para el Presupuesto Plurianual de Inversión Pública, las entidades públicas deberán elaborar su Presupuesto Plurianual de Inversión Pública identificando los Proyectos y Programas de Inversión Pública con financiamiento asegurado relacionados con el PDES, considerando los siguientes aspectos:
a) Programación financiera de todo el proyecto de inversión pública, de continuidad y estratégicos nuevos, identificando las fases de Preinversión e Inversión, indicando el monto correspondiente a la gestión fiscal en la que se estima realizar los desembolsos por fuente y organismo financiador.
b) Deberán contar con autorización expresa del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para recursos del TGN y/o norma de aprobación. El presupuesto plurianual de inversión pública financiado con recursos del TGN, no podrá ser reasignado o reprogramado sin previa evaluación del Viceministerio de Inversión Públicas y Financiamiento Externo (VIPFE) y autorización del MEFP.
c) El registro de los recursos externos deberá ser realizado a través del Ministerio de Planificación del Desarrollo.
d) Aquellos proyectos con financiamiento asegurado deben contar con su respectiva contraparte, cuando corresponda. Ministerio de Economía y Finanzas. Publicas (2018). Directrices de Formulación Presupuestaria. Art.14. 
La Programación Plurianual de la Inversión Pública en el Marco del PDES: 
I. Los proyectos y programas de inversión pública que no cuentan con financiamiento asegurado, serán incorporados en el Programa de Requerimiento de Financiamiento (PRF) cuando sean concurrentes con el PDES. 
II. Las entidades públicas registrarán la información de estos proyectos y programas en el Instrumento de Programación del Subsistema de Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral (SIPFE) del Ministerio de Planificación del Desarrollo conforme a los planes de mediano plazo compatibilizados y concordados por el Órgano Rector del Sistema de Planificación Integral del Estado (SPIE) y aprobados por la instancia correspondiente en el marco del PDES.
III. Las entidades ejecutoras de inversión pública deberán relacionar en el SISIN WEB todas sus inversiones concurrentes con los proyectos y programas estratégicos aprobados en el “Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien”, registrados en el Instrumento de Programación. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (2018). Directrices de Formulación Presupuestaria. Art.15.  La Paz: Bolivia.










6. MARCO METODOLÓGICO  
6.1.   Enfoque
El enfoque con el cual se abordó la presente investigación fue el enfoque cualitativo, este tipo de enfoque está orientado comprender fenómenos, sentimientos, entender contextos y puntos de vista de los actores sociales.
La investigación cualitativa estudia la realidad en su contexto natural y como personas y como sucede, sacando e interpretando fenómenos de acuerdo con las personas implicadas; utiliza varios instrumentos para recoger información como las entrevistas, imágenes, observaciones, historias de vida, en los que se describen las rutinas y las situaciones problemáticas, así como los significados en la vida de los participantes. Blasco, J:  Pérez, J. (2007, p.17).
6.2.   Tipo
El tipo de investigación, corresponde a la investigación explicativa, mediante la cual se buscó las causas, de cuáles son las variables o características que se presenta y como se interrelacionen entre sí. El objetivo fue encontrar las relaciones de causa – efecto que se dan entre los hechos a objeto de conocerlos con mayor profundidad, no solo persigue describir o acercarse a un problema, sino que intenta encontrar las causas del mismo.
6.3.   Diseño
El diseño de la investigación se basó en el análisis de datos obtenidos de diferentes fuentes de información, por lo tanto, esta investigación se adscribe a una investigación documental.
6.4.   Método
Para esta investigación se utilizó el método Inductivo, el mismo que permitió observar a los fenómenos de manera exacta, para llegar a conclusiones empíricas, extraídas de la experiencia.
6.5.   Técnicas e instrumentos
La técnica que se utilizó en la recolección de datos fue la entrevista.



7.    MARCO PRÁCTICO
Para desarrollar el Marco práctico, se ha establecido como universo a las Instituciones Públicas, que conforman la Administración Central del Sector Público no Financiero, el órgano ejecutivo está conformado por Ministerios conformadas por Instituciones descentralizadas. En este sentido como muestra se tomó al Servicio General de Identificación Personal SEGIP; entidad bajo tuición del Ministerio de Gobierno, debido a que se tiene acceso a la información y entrevistas, aspecto muy importante para que las conclusiones y recomendaciones puedan replicarse en las demás instituciones públicas. En este sentido a continuación se detallan a las instituciones públicas de la Administración Central:












ÓRGANOS DEL ESTADO PLURINACIONAL OEP
ÓRGANO LEGISLATIVO
Asamblea Legislativa Plurinacional ALP
ÓRGANO EJECUTIVO
Vicepresidencia del Estado Plurinacional VPEP
 Ministerio de Relaciones Exteriores MIN-RREE
 Ministerio de Gobierno MIN-GOB
 Ministerio de Educación MIN-EDU
 Ministerio de Defensa MIN-DEF
 Ministerio de la Presidencia MIN-PRES
 Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional MIN-JTI
 Ministerio de Economía y Finanzas Públicas MIN-EFP
 Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural MIN-DPEP
 Ministerio de Salud MIN-SAL
 Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras MIN-DRT
 Ministerio de Deportes MIN-DEP
 Ministerio de Culturas y Turismo MIN-CULT
 Ministerio de Planificación del Desarrollo MIN-PD
Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social MIN-TEPS
Ministerio de Minería y Metalurgia MIN-MM Ministerio de Hidrocarburos MIN-H
Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda MIN-OPSV
Ministerio de Energías MIN-ENER
Ministerio de Medio Ambiente y Agua MIN-MAA
Ministerio de Comunicación MIN-COM



INSTITUCIONES BAJO TUICION DEL MINISTERIO DE GOBIERNO
Servicio General de Identificación Personal SEGIP
 Mutual de Servicios al Policía MUSERPOL
 Servicio General de Licencias de Conducir SEGELIC
SERVICIO GENERAL DE IDENTIFICACION PERSONAL – SEGIP
Antecedentes
Mediante Ley No 145 de 27 de junio de 2011, se creó el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), como institución pública descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad administrativa, financiera, legal técnica y operativa, bajo tuición del Ministerio de Gobierno. El SEGIP es la única entidad pública facultada para otorgar la Cédula de Identidad, dentro y fuera del territorio nacional, así como está capacitada para crear, administrar, controlar, mantener y precautelar el Registro Único de Identificación (RUI), de las personas naturales a efecto de su identificación y ejercicio de sus derechos. Por otra parte, administra y gestiona el servicio de otorgación de licencias de conducción hasta que se consolide el proceso de organización del Servicio General de Licencias de Conducir (SEGELIC).
A partir de la gestión 2011, el SEGIP, como parte de su estrategia institucional promueve el acceso a la identidad de las personas que habitan en regiones alejadas del país, a través de la implementación de Brigadas Móviles de Cedulación y ha instalado oficinas permanentes y semipermanentes en provincias de alta densidad poblacional.




Misión
Otorgar a través de su registro, identificación a los bolivianos y bolivianas que residen dentro y fuera del Estado Plurinacional de Bolivia y a personas con permanencia legal en el país, para el ejercicio pleno de sus derechos, desarrollando soluciones integrales, mediante la prestación de servicios con calidad y calidez empleando tecnología de última generación.
Visión
Lograr una Bolivia libre de indocumentados que accede a sus derechos consagrados en la Constitución Política del Estado a través de su identidad y posicionar el Registró Único de Identificación Biométrico como la base primaria referencial de información, para el conjunto de las entidades del país.
Objetivos Institucionales
A continuación, se detalla los objetivos Institucionales, que se encuentra plasmados en el Plan Estratégico Institucional – PEI 2016-2020:
1.-   Implementar la Nueva Cédula de Identidad con estándares necesarios, que garanticen la unicidad de las personas.
2.-   Posicionar el Registro Único de Identificación como base primaria de información de las instituciones Públicas, Privadas y Gobierno electrónico dentro de la normativa legal establecida.
3.- Alcanzar una Bolivia libre de indocumentados.
4.- Fortalecer la Gestión Institucional para brindar mejor calidad de servicio.
5.-   Consolidar la Memoria Física e Histórica del Archivo Nacional de Identificación Personal.
6.-   Establecer las políticas legales, operativas y administrativas del Servicio General de Licencias para Conducir.

     

 

Plan Estratégico Institucional PEI 2016-2020-SEGIP


En cumplimiento a la Ley N° 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE y la Resolución Administrativa N° 032/2016 de fecha 2 de marzo de 2016 que aprueba “…los lineamientos metodológicos para la formulación de Planes Estratégicos Institucionales, a mediano plazo (5 años) ... “
El SEGIP, en coordinación con todas las áreas organizacionales y en estricto cumplimiento de la normativa citada anteriormente, elaboró el Plan Estratégico Institucional SEGIP a través de un proceso participativo, mediante reuniones de coordinación, diagnóstico de las problemáticas y fortalezas, mismas que permitieron construir y establecer los objetivos estratégicos y la acción institucional, como se expone precedentemente. 

La acción institucional y los objetivos estratégicos, responden y contribuye al Resultado 299 del Plan de Desarrollo Económico Social - PDES, que determina: “Se han vinculado instituciones públicas a la Plataforma Electrónica y se ha implementado el Gobierno electrónico para una gestión pública eficiente (trámites ágiles y mejores servicios) y trasparente (acceso a la información), facilitando su evaluación” que a su vez responde a la meta 1 del Pilar 11 de la Agenda Patriótica que dice: “Soberanía y transparencia en la gestión Pública”, y para su medición se estableció el indicador de impacto como de proceso, que se detalla en cuadro 1.














Cuadro N°1

Identificación de Pilares, Metas, Resultados, Acciones e Indicadores
SEGIP

Pilar
Meta
Resultado
Línea Base
Indicador de Impacto
Acción
Indicadores de Proceso
Soberanía y transparencia en la Gestión Publica
Gestión Publica transparente, con servidores públicos éticos, competentes y comprometidos que luchas contra la corrupción
Se han vinculado instituciones publica a la plataforma electrónica, para una gestión pública eficiente, (tramites agiles, mejores servicios) y transparente
(acceso a la información facilitando su evaluación
10,094,253 de bolivianas, bolivianas con permanencia en el país, documentados
96 % de la población boliviana y personas extranjeras con permanencia legal en el país, cuentan con cedula de identidad
Consolidación de registro único de identificación de la nueva cedula de identidad y gestión institucional  para la identificación personal y licencias
60% de la población Boliviana y personas extranjeras con residencia legal  en el país, cuentan con la nueva cedula de identidad
Fuente: Plan Estratégico 2016 -2020 SEGIP
Concluida la fase de formulación del PEI 2016-2020 del SEGIP, este fue remitido al Ministerio de Gobierno, para su articulación al Plan Estratégico Ministerial (PEM) en aplicación a la normativa citada, para su posterior remisión al Ministerio de Planificación del Desarrollo para el análisis de su concordancia y compatibilización con el Plan de Desarrollo Económico y Social.  A la fecha, el Plan Estratégico Institucional, cuenta con el Dictamen de Compatibilidad y Concordancia del Ministerio de Planificación del Desarrollo y con aprobación mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Gobierno.

















EVALUACIÓN GESTIÓN 2016

Ejecución del Programa Operativo Anual 2016


El SEGIP, para la presente gestión cuenta con el POA articulado al Presupuesto 2016, aprobado con la Resolución Administrativa SEGIP/DGE/Nº261/2016.La MAE instruye a la Dirección Nacional de Planificación, mediante comunicado SEGIP/DNP/COM/Nº001/2016 el seguimiento mensual del POA a todas las áreas organizacionales.
Realizado el monitoreo y seguimiento del mismo, se evidencia que las operaciones ejecutadas en la gestión 2016 aportan y contribuye a los siguientes objetivos estratégicos:

Emitir Cédulas de Identidad con estándares necesarios, que garanticen la identificación única de las personas.
                                               
Bolivia Libre de indocumentados.

Fortalecimiento Institucional.

Consolidar la interoperabilidad pública y privada del Estado Plurinacional de Bolivia”.

 

Ejecución Presupuestaria 2016


El monto total ejecutado en la gestión 2016 alcanzó a Bs222.791.410,88.- (Doscientos veintidós millones setecientos noventa y un mil cuatrocientos diez 88/100 Bolivianos) equivalente al 83.37% de ejecución del presupuesto total asignado a la institución.
La ejecución presupuestaria alcanzada en la presente gestión, se encuentra detallada por fuente de financiamiento, en el cuadro No. 2.





Cuadro No.2
Ejecución presupuestaria por fuente de financiamiento
Gestión 2016
(Expresado en millones de Bolivianos)
FINANCIAMIENTO
 FUENTE
PRESUPUESTO
EJECUCIÓN
%
Recursos Específicos
           20
                         84.06
                      65.88
                78.37
Transferencias TGN
           41
                         81.41
                      67.21
                82.56
Transferencias a la Policía
           42
                         94.27
                      82.81
                87.84
Donación Externa
           80
                            7.49
                         6.89
                91.99
TOTALES

                       267.23
                    222.79
                83.37
Fuente: elaboración propia 2019.













EVALUACION GESTION 2017
EJECUCIÓN FÍSICO-FINANCIERA
En atención a la evaluación del cumplimiento del Programa de Operaciones Anual, en la presente gestión se alcanzó una ejecución física general del 85%, logrando alcanzar los objetivos de gestión en todas las áreas organizacionales. La ejecución presupuestaria alcanzó el 88,81%, según los reportes del Sistema de Gestión Pública del Estado Plurinacional (SIGEP). En el cuadro 3 se muestra la ejecución físico - financiera por área organizacional.

Cuadro No.3
Ejecución presupuestaria por fuente de financiamiento
Gestión 2017
(Expresado en Bolivianos)
FINANCIAMIENTO
 FUENTE
PRESUPUESTO
EJECUCION
%
Recursos Específicos
           20
         73,218,313.00
      62,265,619.00
                85.04
Transferencias TGN
           41
         84,449,760.00
      78,675,128.00
                93.16
Transferencias a la Policía
           42
         94,329,256.00
      82,869,994.00
                87.85
Donación Externa
           80
               917,753.46
            793,087.35
                86.42
TOTALES

      252,915,082.46
   224,603,828.35
                88.81
Fuente: elaboración propia 2019.






EVALUACIÓN GESTIÓN 2018
Gestión financiera El SEGIP cumple con todos sus compromisos y alcanza resultados importantes gracias a la administración eficiente, transparente y, sobre todo, confiable de sus recursos económicos. Por ello, la gestión financiera se convierte en uno de los baluartes para el logro de resultados de gestión, lo cual se traduce en una ejecución presupuestaria responsable y eficiente.

Cuadro No.4
Ejecución presupuestaria por fuente de financiamiento
Gestión 2018 (Expresado en Bolivianos)
FINANCIAMIENTO
 FUENTE
PRESUPUESTO
EJECUCION
%
Recursos Específicos
           20
         81,848,669.00
      57,962,050.39
                70.82
Transferencias TGN
           41
         87,808,217.00
      64,913,720.67
                73.93
Transferencias a la Policía
           42
         94,284,295.00
      82,825,033.00
                87.85
Donación Externa
           80
           1,906,174.00
        1,685,170.43
                88.41
TOTALES

      265,847,355.00
   207,385,974.49
                78.01
Fuente: elaboración propia 2019.








7.1  PROPUESTA
Plan Operativo anual
El Plan Operativo Anual (POA) de las entidades del Sector Público, se constituye en un instrumento de gestión que permite identificar las acciones y metas de corto plazo, asignar recursos, programar el cronograma de ejecución, identificar responsables e indicadores.
Para la elaboración del POA, las entidades públicas deben considerar lo siguiente:
Las competencias asignadas, disponibilidad financiera de recursos y el Plan Estratégico Institucional (PEI), en el marco de la normativa vigente.
Las entidades públicas, deben articular sus acciones de corto plazo con las acciones de mediano plazo.
El presupuesto anual de recursos y gastos forma parte del presupuesto plurianual, debiendo considerar las mismas estructuras programáticas y fuentes de financiamiento.
Presupuesto por programas
El sistema presupuestario boliviano está caracterizado por el uso de una metodología por programas, el cual es una técnica presupuestaria, que mejora la planificación del trabajo, la evaluación de eficiencia, además se puede detectar la duplicidad de funciones; es decir facilita la gestión presupuestaria que contempla la formulación, ejecución, control y evaluación presupuestaria.
El presupuesto por programas parte de la definición de las acciones de mediano plazo que se pretenden alcanzar con el presupuesto asignado, concordante con las políticas públicas del Estado, que se traducen en los diferentes planes. Asimismo, establece metas de mediano plazo del cual se desprenden las acciones de corto plazo cuyos responsables son las unidades ejecutoras de las entidades públicas, dichas metas deben ser cuantificadas, esto es posible a través de unidades de medidas útiles, para la asignación, reasignación y comparación.


Para iniciar la formulación de las acciones de corto plazo de la entidad es importante considerar los insumos que se requieren para la provisión de los diferentes bienes y servicios. Estos insumos que pueden traducirse en recursos humanos, materiales (bienes de consumo, maquinarias y equipos) y servicios no personales que se requieren para el logro de un producto (bien o servicio), en el presupuesto se denominan gasto en servicios personales, no personales, materiales y suministros, activos reales.
 La valoración monetaria se obtiene mediante la multiplicación de la cantidad que se quiere utilizar por su precio unitario. Por ejemplo:
Recursos Humanos - Servicios Personales (abogados, secretarias, personal administrativo, etc.) Servicios Básicos y de Terceros - Servicios No Personales (alquileres, energía eléctrica, teléfono, pasajes viáticos, etc.) Insumos materiales - Materiales y Suministros (papel, carpetas, lapiceras, útiles de escritorio, etc.)  Equipamiento – Activos Reales (Computadoras, sillas y escritorios, etc.)
En la formulación presupuestaria es importante distinguir el gasto en insumos con costo en insumos. El primero se refiere al valor monetario de los insumos adquiridos durante un periodo presupuestario, en cambio el segundo se refiere a los insumos efectivamente utilizados. Es decir, el concepto de gasto en el ámbito presupuestario, es definido como la asignación presupuestaria que es necesaria para la obtención de insumos y los costos permiten medir la eficiencia en la medida que se vinculen con los productos que se originan.
Una vez identificados los insumos y su gasto en el presupuesto, ya en la ejecución de los mismos, la combinación de todos los insumos origina a los bienes o servicios. Es importante mencionar que cuando los productos se materializan en algo tangible (escuelas, carreteras) predomina lo cuantitativo sobre lo cualitativo; en el caso de la producción de servicios como la representación del país en el exterior predomina lo cualitativo. 




7.2 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones
Se ha efectuado la evaluación de los Presupuestos y Planes Operativos Anuales de las gestiones 2016, 2017 y 2018 del Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) cuyos resultados muestran el siguiente comportamiento:
La ejecución presupuestaria de la gestión 2016 alcanzó a Bs222.791.410,88.- (Doscientos veintidós millones setecientos noventa y un mil cuatrocientos diez 88/100 Bolivianos) equivalente al 83.37% del presupuesto aprobado y vigente a ese periodo. En esta gestión, no se tiene información de la ejecución física del del Programa de Operaciones Anual.
La ejecución Presupuestaria de la gestión 2017 alcanzo a Bs 224,603,828.35 (Doscientos veinticuatro millones seiscientos tres mil ochocientos veintiocho 35/100 Bolivianos) del presupuesto aprobado de Bs 252,915,082.46, equivalente al 88.81 %. La ejecución del Programa de Operaciones Anual, en esta gestión alcanzó una ejecución física general del 85%.
La ejecución Presupuestaria de la gestión 2018 alcanzo a Bs 207,385,974.49 (doscientos siete millones trescientos ochenta y cinco mil novecientos setenta y cuatro 49/100 Bolivianos) del presupuesto aprobado de Bs, 265,847,355.00 equivalente al 78.081 %. En esta gestión no se tiene información sobre la ejecución del Programa de Operaciones Anual.
Como se puede observar y revisados los informes de las gestiones 2016, 2017 y 2018, el SEGIP solo cuenta con información de ejecución del Plan Operativo Anual de la gestión 2016 y no así de las gestiones 2017 y 2018.
De esta manera se puede inferir que:
La ejecución física financiera de la gestión 2016, cuenta con articulación con el POA y PEI, sin embargo, no identifica indicadores de cumplimiento de metas, solo efectúan una evaluación consolidada en la cual muestran una ejecución física del 85 % y una ejecución financiera del 88.81 %.
La ejecución financiera y física n las gestiones 2017 y 2018 no están articuladas, como se muestra en los informes gestión.
El SEGIP, según información recabada del informe anual de la gestión 2017; cuenta con un sistema integrado de planificación presupuesto, evaluación y control (SIPPEC) el mismo que fue creado para llevar a cabo una mejor gestión de la Programación Operativa Anual; que es un software capaz de registrar todas las exigencias del POA-Presupuesto, convirtiéndose en el instrumento central para la gestión de las actividades y operaciones del conjunto de las unidades organizacionales del SEGIP. Sin embargo, hasta la fecha no se tiene resultados de su implementación.
Recomendaciones
La Institución debe dar estricto en el cumplimiento a las normas básicas del Sistema de Presupuestos y del Sistema de Programación de Operaciones en la elaboración de sus anteproyectos de presupuestos de cada gestión, la misma que se inicia en el mes de agosto de cada gestión precedente.
Debe dar cumplimiento a las directrices de Formulación Presupuestaria, articulando las acciones de corto plazo, con el Plan Estratégico Institucional, Plan de Desarrollo Económico y Social y la Agenda de Gobierno.
Implementar el sistema integrado de planificación presupuesto, evaluación y control (SIPPEC) que se encuentra en etapa de formulación el mismo que pueda articular la estructura programática del presupuesto con las acciones de corto y mediano plazo.





REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Aliendre,  F. (2018). La Gestión para Resultados en Bolivia. La Paz, Bolivia.
Aliendre, F. (2003) GOVERNANCE segunda edición, La Paz, Bolivia
Apaza  M. (2010). Gerencia Estratégica y del Valor. Perú: Edición Instituto Pacifico
Estado Plurinacional de Bolivia (2009). Constitución Política del Estado.
Estado Plurinacional de Bolivia (2015). Plan de Desarrollo Económico y Social 2016 – 2020. La Paz: Bolivia.
Fernández, E. (1973). Dirección y Organización de Empresas Privadas y Públicas. Buenos Aires, Argentina: Ediciones Machi.
Gaceta Oficial de Bolivia (1990). Ley No. 1178 de Administración y Control Gubernamentales.
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2016). Ley No. 777 Sistema de Planificación Integral del Estado
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia (2017). Decreto Supremo No. 32464 Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones.
Ministerio de Economía y Finanzas Publicas (2018). Directrices de Formulación Presupuestaria. La Paz: Bolivia.
Ministerio de Hacienda (2005). Resolución Suprema No. 225558. Normas Básicas del Sistema de Presupuestos.
Moreno, J. (2003) “Planeación Financiera” primera edición, México.



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